La memoria arrinconada en la Filosofía del Derecho española

José Ignacio Lacasta Zabalza

Contenido principal del artículo

Publicado: Dec 18, 2011
Páginas: 111-136
Número: 2011
Tomo XXVII, Estudios de teoría del derecho y filosofía del derecho, ##plugins.themes.xejournal.article.pages## 111-136
Cómo citar
Lacasta Zabalza, . J. I. (2011). La memoria arrinconada en la Filosofía del Derecho española. Anuario De Filosofía Del Derecho, (27), 111–136. Recuperado a partir de https://revistas.mjusticia.gob.es/index.php/AFD/article/view/2204
Resumen

La Ley de Memoria Histórica, demasiado tímida y sin las correspondientes garantías, ha sido criticada por esa insuficiencia por parte de algunos iusfilósofos españoles. En dirección contraria, ha sido combatida por algún
que otro profesor de la Filosofía del Derecho al oponerse a la misma Ley y a una debida reconstrucción del pasado republicano y de los efectos de la dictadura de Franco. Por otro lado, al amparo del silencio de todos los Gobiernos de la democracia, el revisionismo de la historia y de la memoria, con todos sus tópicos, ha crecido y ha invadido también la filosofía jurídica española: la guerra civil la causó la República o los sucesos de Asturias de 1934, la irresponsabilidad de la Iglesia católica y sus líderes e hijos más destacados en la provocación de la contienda y en el sustento de la dictadura, etc. A esta hostilidad y revisionismo hacia lo sucedido en el pasado en el seno de la filosofía jurídica española, el autor de este artículo le llama «la memoria arrinconada». Esto es, arrojada al rincón del olvido o la tergiversación, bien sea por pronunciamientos contra la propia Ley de la Memoria Histórica, o bien por una reconstrucción arbitraria del ayer que intenta reivindicar un inexistente tipo de «iusfilósofo católico». Desde esa categoría religiosa se intenta agrupar a profesores leales a la Constitución de 1931, por lo que fueron depurados y separados de sus cátedras, junto a los desleales y propiciadores del golpe faccioso del 18 de julio de 1936, quienes se hicieron con las cátedras de los depurados como un botín de guerra. En cualquier caso, discrepantes u opuestos a la «memoria histórica», acorralan o esconden dos
aspectos fundamentales: a) la legitimidad de la Constitución de 1931 (con todos los defectos que se le quieran criticar) b) la ilegitimidad del golpe faccioso del 18 de julio de 1936, que se dirigió contra un texto constitucional y contra los resultados electorales de 1936.

Detalles del artículo

Palabras clave:
Memoria, Historia, Memoria Histórica, fascismo católico español, iusnaturalismo militante, filósofos del derecho españoles, Constitución de 1931, legitimidad republicana, golpe de Estado de 18 de julio de 1936, transición a la democracia