El derecho al ciudado en el estado social de derecho

Noelia Igareda

Contenido principal del artículo

Publicado: Dec 18, 2012
Páginas: 185-206
Número: 2012
Tomo XXVIII, Estudios de teoría del derecho y filosofía del derecho, ##plugins.themes.xejournal.article.pages## 185-206
Cómo citar
Igareda, . N. (2012). El derecho al ciudado en el estado social de derecho. Anuario De Filosofía Del Derecho, (28), 185–206. Recuperado a partir de https://revistas.mjusticia.gob.es/index.php/AFD/article/view/2222
Resumen

En el presente artículo se argumenta la necesidad de un cambio respecto a la responsabilidad sobre los cuidados de las personas. Todos los individuos, en varios momentos de su trayectoria vital, necesitan ser cuidados por otros/as para sobrevivir. Con ello, se quiebra el mito del ciudadano autónomo e independiente sobre el que nuestros modelos de Estado de Derecho se construyen. Los cuidados necesarios de un recién nacido/a, desde que nace hasta que se convierte en un ser autónomo capaz de sobrevivir por sí mismo,
constituye un ejemplo, de lo que debería ser por tanto, una responsabilidad de toda la sociedad, y no tanto, una responsabilidad individual de las mujeres. Este derecho a ser cuidado de cada nuevo ciudadano/a debería traducirse en una exigencia de actuación estatal en el marco de un Estado Social de Derecho.

Detalles del artículo

Palabras clave:
Cuidados, Estado Social de derecho, maternidad, Paternidad