El concepto jurisprudencial de acomodamiento razonable : el Tribunal Supremo de Canadá y el Tribunal Europeo de Derechos Humanos ante la gestión de la diversidad cultural y religiosa en el espacio público
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Este artículo versa sobre el concepto jurisprudencial de acomodamiento razonable, presentando de un modo novedoso un tema apenas tratado en la doctrina española. Analiza la creación de dicha noción en la Jurisprudencia de Tribunal Supremo de Canadá y su tímida introducción reciente en el Tribunal Europeo de derechos Humanos, en el que algunos jueces han hecho una referencia explícita a dicha técnica y abogan por su utilización. La obligación de acomodar o ajustar es el deber que, en virtud del derecho, incumbe a los gestores de instituciones y de organizaciones públicas y privadas de evitar cualquier forma de discriminación indirecta tanto de las minorías como de las mayorías, tomando distintas medias de armonización en la aplicación de ciertas leyes o de ciertos reglamentos, flexibilizando la norma o adaptándola en su aplicación. Ello permite una más justa gestión de la diversidad cultural y religiosa en el espacio público, conforme al modelo
intercultural liderado por el Consejo de Europa.