Razonamiento jurídico y moral : una breve distinción
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El trabajo propone distinguir el razonamiento práctico moral del razonamiento jurídico a partir de dos criterios. El primero es que el razonamiento práctico moral es del domino exclusivo de la razón práctica y que carece, así, de exigencias de la razón teórica. El segundo criterio es que el razonamiento jurídico posee un cierto grado de lo que se denomina racionalidad de método. El razonamiento práctico moral carece de esta clase de racionalidad. La tesis se argumenta a partir de la distinción entre razón teórica y razón práctica. Por un lado, el razonamiento teórico tiene relación directa con el conocimiento acerca del mundo. De otro, el razonamiento
práctico se ocupa acerca de decidir el curso de acción que se ha de elegir en un caso concreto. Aunque relacionadas, las racionalidades son regidas por diferentes criterios de evaluación. Las diferentes exigencias de
razón permiten advertir, también, que ciertos razonamientos jurídicos son pasibles de ciertos sentidos de racionalidad que no son aplicables al razonamiento moral.