Legalidad y constitucionalidad

Andrés Ollero Tassara

Contenido principal del artículo

Publicado: Dec 18, 2018
Páginas: 95-117
Número: Núm. 34 (2018)
Tomo XXXIV, Monográfico, ##plugins.themes.xejournal.article.pages## 95-117
Resumen

El Tribunal Constitucional controla a los Poderes del Estado, pero con un notable esfuerzo de autocontención. Buena prueba de ello fue la reforma que supeditó la admisión de recursos de amparo a la especial trascendencia constitucional de la vulneración de un derecho. Ello obliga a revisar el temor a que un planteamiento neoconstitucionalista pueda poner en riesgo el principio de legalidad. Resulta, por el contrario, comprensible que se lo considere cercano al iusnaturalismo; sobre todo si se suscribe el empeño de considerar morales a todas las exigencias jurídicas no legalizadas, o se estima incompatible con el iusnaturalismo el reconocimiento de la juridicidad de la ley injusta. La STC 11/2016, de 1 de febrero puede, entre otras, ayudar a reflexionar sobre el particular; así como la STC 80/1982 alertó sobre la existencia de exigencias jurídicas no legalizadas.

Detalles del artículo

Palabras clave:
Principio legalidad, control constitucionalidad, iusnaturalismo, derecho y moral, neoconstitucionalismo