Derechos fundamentales y mediación en violencia de género

María Dolores Pérez Jaraba

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Publicado: Dec 18, 2019
Páginas: 155-179
Número: Núm. 35 (2019)
Tomo XXXV, Estudios de teoría del derecho y filosofía del derecho, ##plugins.themes.xejournal.article.pages## 155-179
Resumen

La mediación y otros métodos alternativos de resolución de conflictos, definidos como métodos extrajudiciales, están siendo considerados por el Derecho privado o dispositivo como nuevas herramientas para una mejor resolución de los conflictos jurídicos. Sin embargo, en el ámbito del Derecho público, especialmente el Derecho penal, la mediación no está encontrando igual acogida. Para el caso de la violencia de género, la legislación española excluye la mediación. Lo que el presente trabajo plantea es la posibilidad de implementar la mediación solo en aquellos delitos menos graves de violencia de género, en el marco de las garantías que la mediación establece y, sobre todo, en el respeto de los derechos fundamentales y la tutela judicial efectiva.

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Palabras clave:
Derechos fundamentales, mediación, violencia de género