La constitución del Estado de derecho

Antonio Manuel Peña Freire

Contenido principal del artículo

Publicado: Dec 18, 2020
Páginas: 87-110
Número: Núm. 36 (2020)
Tomo XXXVI, Monográfico. XXVII Jornadas de la Sociedad Española de Filosofía Jurídica y Polí, ##plugins.themes.xejournal.article.pages## 87-110
Resumen

En este trabajo se aboga por la existencia de una constitución del Estado de derecho formada por un conjunto de valores y principios sustancialmente morales y originariamente jurídicos, que están en relación con dimensiones constitutivas del derecho y no con exigencias contingentes planteadas al mismo desde una moralidad externa. El contenido de esta constitución se localiza en la opción institucional por el Estado de derecho como método de gobierno, es decir, en la opción por el ejercicio en forma jurídica del control social. Los principios de legalidad, en tanto que condiciones constitutivas de la forma del derecho, son parte necesaria de esa constitución. Estos principios además son la expresión normativa de una serie de valores morales: el control de la coacción arbitraria, la limitación del poder, la capacidad libre del individuo para actuar y la libertad del individuo frente a la voluntad de los otros garantizada en los procesos adjudicativos. La relación de estos valores con el derecho demuestra que este está necesariamente vinculado con la moral, pues consiste en una moral específica, en el sentido de que es la forma de expresión del control social que reclaman los valores que la forman.

Detalles del artículo

Palabras clave:
legalidad, constitucionalismo, Estado de derecho, Fuller, positivismo jurídico, legality, constitutionalism, rule of law, Fuller, legal positivism