Sentencias comentadas. El Dieselgate y el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (Reflexiones a propósito de tres pronunciamientos de 14 de julio de 2022)

Alma María Rodríguez Guitián

Contenido principal del artículo

Publicado: Oct 17, 2023
Número: Núm. 2 (2023)
Tomo LXXVI, Jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea
Resumen

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea se ha pronunciado sobre tres
peticiones de decisión prejudicial planteadas por tres órganos judiciales austriacos relativas al Dieselgate. Este último consistió en la manipulación de los estándares de emisión de gases a través de dispositivos electrónicos instalados en, aproximadamente, 11 millones de automóviles Volkswagen en todo el mundo, desde 2008 hasta 2015. El TJUE sostiene en sus tres pronunciamientos que los dispositivos electrónicos continúan vulnerando la normativa comunitaria (Reglamento [CE] núm. 715/2007), a pesar de su previa reparación. Tal Reglamento persigue una reducción considerable de las emisiones de óxidos de nitrógeno de los vehículos diésel para mejorar la calidad del aire y respetar los valores límite de contaminación atmosférica. En particular, una de las tres decisiones (asunto C-145/20) afirma la existencia de una falta de conformidad. Es decir, el software reparado no presenta la calidad y prestaciones habituales de un bien del mismo tipo que el consumidor puede fundadamente esperar [art. 2 (2) (d) Directiva 1999/44/CE]. La sentencia también sostiene que tal falta de conformidad es «de no escasa importancia» [art. 3 (6) Directiva 1999/44/CE].
Este trabajo profundiza en las consecuencias de tales afirmaciones en el ordenamiento español, en particular, en el remedio de la resolución del contrato.

Detalles del artículo

Palabras clave:
Dieselgate, Falta de conformidad de escasa importancia, Incumplimiento esencial, Resolución contractual, Principio de relatividad de los contratos, Directiva 1999/44/CE, Directiva 2019/771/CE