El contrato de vitalicio como alternativa apropiada a la desheredación

Antonio J. Vela Sánchez

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Publicado: Jan 23, 2024
Número: Núm. 3 (2023)
Tomo LXXVI, Estudios monográficos
Resumen

Frente a las dificultades que supone la desheredación testamentaria –aun siendo por causa justa y a pesar de su ampliación por la jurisprudencia a los supuestos de maltrato psíquico–, y partiendo de la libertad de cualquiera de disponer inter vivos de todos sus bienes, se propone al Notariado el contrato de vitalicio o de alimentos como alternativa apropiada para privar a los legitimarios indeseables de su legítima. Este contrato de alimentos, al ser, esencialmente, oneroso y bilateral –y no una donación–, evitará que los bienes dispuestos en vida por el causante formen parte de la masa hereditaria, de manera que no habrá que traerlos a la cuenta de la herencia, ni para el cálculo de la legítima (ex art. 818 CC), ni para la colación entre los herederos forzosos (ex art. 1035 CC).

Detalles del artículo

Palabras clave:
Funciones notariales, Legítima, Herederos forzosos, Desheredación, Contrato de vitalicio o de alimentos