El contrato de vitalicio como alternativa apropiada a la desheredación
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Frente a las dificultades que supone la desheredación testamentaria –aun siendo por causa justa y a pesar de su ampliación por la jurisprudencia a los supuestos de maltrato psíquico–, y partiendo de la libertad de cualquiera de disponer inter vivos de todos sus bienes, se propone al Notariado el contrato de vitalicio o de alimentos como alternativa apropiada para privar a los legitimarios indeseables de su legítima. Este contrato de alimentos, al ser, esencialmente, oneroso y bilateral –y no una donación–, evitará que los bienes dispuestos en vida por el causante formen parte de la masa hereditaria, de manera que no habrá que traerlos a la cuenta de la herencia, ni para el cálculo de la legítima (ex art. 818 CC), ni para la colación entre los herederos forzosos (ex art. 1035 CC).