La equiparación de la «dificultad extraordinaria» de cumplimiento a la imposibilidad sobrevenida de la prestación. Análisis crítico

Antonio Legerén-Molina

Contenido principal del artículo

Publicado: Jan 23, 2024
Número: Núm. 3 (2023)
Tomo LXXVI, Estudios monográficos
Resumen

Ya desde el Derecho romano se reconoce la inexistencia de obligación sobre prestaciones imposibles, ya sea la imposibilidad originaria, ya sobrevenida. En la actualidad, cuando una prestación sea imposible de cumplir de manera sobrevenida sin culpa del deudor o sin que esté en mora, la consecuencia que el Código Civil español anuda es la extinción de tal obligación (cfr. art. 1182 CC). Junto con la interpretación de los textos legales, la determinación de los casos que suponen la «imposibili¬dad» liberatoria ex artículo 1184 CC exige realizar un análisis jurispru-dencial de tal concepto, amplitud y aplicación. Por la misma razón, carece de sentido pretender una definición a priori de qué sea la «imposibilidad» pues su contenido puede evolucionar o variar por medio de la interpreta¬ción jurisprudencial. Pero además, existen supuestos donde la prestación sigue siendo «materialmente» realizable aun cuando haya una disposición normativa que lo impida, o el cumplimiento, en sí posible, se torna gravoso o dificultoso desde un punto de vista material, emocional o económico. ¿Cabe equiparar entonces a la imposibilidad la dificultad extraordinaria en el cumplimiento?¿se ha de acudir al expediente del artículo 1184 CC o en cambio ha de utilizarse la vía de la «alteración sobrevenida de las cir¬cunstancias» que en España ha cristalizado, fundamentalmente, en la cláusula rebus sic stantibus? O, en fin, ¿existen algunos otros criterios, como por ejemplo, la inexigibilidad fundada en la buena fe u otros a que ha recurrido la jurisprudencia, que puedan servir para arrojar luz sobre los elementos delimitadores de las figuras apuntadas? Estas son algunas de las cuestiones que se analizan en el presente trabajo.

Detalles del artículo

Palabras clave:
Imposibilidad, Imposibilidad sobrevenida de cumplimiento, Dificultad extraordinaria de cumplimiento, Alteración de las circunstancias, Rebus sic stantibus, Frustración del contrato