SENTENCIA COMENTADA. ¿El Tribunal de Justicia de la Unión Europea castiga al pasajero diligente y –también– al derrotista? Comentario a las sentencias del TJUE de 25 de enero de 2024, en los asuntos C-474/22 Laudamotion c. Flightright y C-54/23 W.Y.c. Laudamotion y Ryanair
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Paloma González Beluche
Spain
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Publicado: Nov 22, 2024
Número: Vol. 77 Núm. 3 (2024)
Tomo 77 Tomo LXXVII, Jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea
Resumen
En las resoluciones comentadas (sentencias del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 25 de enero de 2024; asuntos C-474/22 y C-54/23), el Alto Tribunal europeo, dando respuesta a distintas cuestiones prejudiciales planteadas por el Tribunal Federal alemán, se pronuncia de nuevo sobre el controvertido derecho de los pasajeros a ser compensados cuando sus vuelos sufren un retraso de tres o más horas; y, en claro retroceso a la doctrina jurisprudencial consolidada (STJUE 19 noviembre 2009, Sturgeon y otros y sentencias posteriores), niega, a nuestro parecer injustamente, la compensación a dos viajeros cuyos vuelos llegaron a destino con más de tres horas de demora.
Detalles del artículo
Palabras clave:
Transporte aéreo de pasajeros, Reglamento 261/2004, derecho a compensación, protección del pasajero aéreo, gran retraso