Pandemia, caso fortuito y arrendamiento de locales comerciales

Íñigo de la Maza Gazmuri
https://revistas.mjusticia.gob.es/templates/images/orcid.png https://orcid.org/0000-0001-6239-2837
Álvaro Vidal Olivares
https://revistas.mjusticia.gob.es/templates/images/orcid.png https://orcid.org/0000-0001-5362-9310

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Publicado: mar. 31, 2025
Tomo 77 Tomo LXXVII, Estudios de derecho extranjero
Resumen

El arrendatario de un local comercial se ve impedido por un acto de autoridad dictado con ocasión de la pandemia de COVID-19, de usar y gozar de la cosa para el fin para el cual la arrendó. Frente a esta situación: ¿puede alegar un incumplimiento contractual del arrendador? Nuestro aporte es desde el ámbito chileno y consiste en mostrar cómo se ha desenvuelto allí la discusión, presentando la opinión de los tribunales superiores de la justicia y de la doctrina. Luego, justificamos por qué, en nuestra opinión, sí que hay un incumplimiento del arrendador y que es el incumplimiento lo que mejor explica las sentencias más relevantes de la Corte Suprema a este respecto.

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Palabras clave:
Arrendamiento, Caso fortuito, Incumplimiento