Códigos de conducta y "on-line dispute resolutions" : una aproximación a la privatización del Derecho

M. Rosa Llácer Matacás

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Publicado: Dec 23, 2009
Páginas: 1523-1578
Número: Núm. 4 (2009)
Tomo LXII, Estudios monográficos, ##plugins.themes.xejournal.article.pages## 1523-1578
Resumen

La autorregulación es una manifestación de auge de la sociedad civil. La llamada gobernanza, característica del Estado post -moderno, pone de relieve la crisis del Estado convencional, que monopoliza la regulación y la
actuación de los intereses públicos. El derecho que proviene de la sociedad recibe diferentes denominaciones: protocolos, buenas prácticas, recomendaciones, códigos de conducta, etc. Pero el Estado también absorbe el soft law, al promocionar, homologar o utilizar los códigos de conducta, hasta llegar a plantear su integración en el sistema de fuentes jurídicas. Vista su base voluntaria, la autorregulación puede analizarse como una contractualización de las conductas o una promesa unilateral: el profesional se adhiere a un código y asume determinados comportamientos en sus relaciones externas. Asimismo, el soft law modela los estándares de diligencia o de seguridad y contribuye a definir la responsabilidad contractual o por daños. Las técnicas de resolución alternativa de conflictos son otra manifestación de la autorregulación, especialmente en sectores deslocalizados como Internet. La implantación de las ODR recomienda utilizar plataformas, incluso promovidas por el poder público como será el caso de la institucionalización del sistema arbitral de consumo.

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