"Ius ad rem" y condena de la mala fe : una explicación de los artículos 1473, 1295.2 y 1124.4 del Código civil

Bruno Rodríguez Rosado

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Publicado: Dec 23, 2009
Páginas: 1687-1723
Número: Núm. 4 (2009)
Tomo LXII, Estudios monográficos, ##plugins.themes.xejournal.article.pages## 1687-1723
Resumen

El artículo 1473 del Código civil español representa una especialidad dentro de los ordenamientos jurídicos de nuestro entorno, ya que, al resolver el conflicto entre dos compradores, no lo hace sólo conforme con el sistema de título y modo, sino también teniendo en cuenta la buena o mala fe del posible adquirente. Esta especialidad constituye un residuo superviviente de la regulación medieval de la doble venta, decantada mediante lo que en su día fue innovación en las fuentes jurídicas romanas. Sin embargo, el criterio penalizador del adquirente de mala fe no sólo aparece en el artículo 1473 del Código civil, sino que también parece encontrar acogida en los artículos 1295.2 y 1124.4 del Código.

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