Una reflexión crítica sobre la expansiva reforma legal del Derecho Civil Aragonés
Contenido principal del artículo
En la última década la Compilación de Derecho civil aragonés de 1967 ha sido casi totalmente sustituida por las leyes aragonesas 1/1999, de sucesiones; 6/1999, de parejas estables no casadas; 2/2003, de régimen económico matrimonial y viudedad; y 13/2006, de Derecho de la persona. Se elabora en la actualidad una nueva ley de Derecho patrimonial. En este trabajo el autor hace una valoración crítica de esta expansiva reforma legal que ha venido a cuadruplicar en extensión la buena ley que era, al menos en sentido técnico, la Compilación de 1967. En su opinión, la amplia reforma legal del Derecho aragonés de la última década se ha hecho con debate insuficiente tanto técnico o doctrinal como sobre los fundamentos ideológicos de las normas. Se ha hecho sin suficiente debate también sobre las específicas fuentes del Derecho aragonés, que considera una herencia muy discutible del pensamiento de Joaquín Costa y fuentes escasamente arraigadas en el Derecho aragonés vivido. Sostiene el autor que las nuevas leyes han sido en ocasiones
excesivamente conservadoras o hasta inmovilistas, al mantener ideas o institutos jurídicos claramente anticuados. Se explica que, pese a su muy ampliada extensión, el nuevo Derecho civil aragonés no tiene en realidad ideas nuevas de entidad que no estuvieran ya en el Apéndice foral de 1925 o en el Código civil español