La reforma aragonesa del derecho civil patrimonial

José Antonio Serrano García

Contenido principal del artículo

Publicado: Dec 23, 2012
Páginas: 1497-1549
Número: Núm. 4 (2012)
Tomo LXV, Estudios monográficos, ##plugins.themes.xejournal.article.pages## 1497-1549
Resumen

Los Libros III, Derecho de bienes, y IV, Derecho de obligaciones, de la Compilación del Derecho civil de Aragón han sido derogados y sustituidos por el articulado de la Ley 8/2010, de 2 de diciembre, de Derecho civil patrimonial que, a su vez, ha sido refundido en el Libro IV del Código del Derecho Foral de Aragón, aprobado por el Decreto Legislativo 1/2011, de 22 de marzo, del Gobierno de Aragón. Esta ha sido la cuarta y última reforma del Derecho compilado, con ella termina el proceso de reformulación legislativa iniciado en 1999, y de ella proviene la autorización que ha permitido refundir en un Código todas las Leyes civiles aragonesas, incluido el Título preliminar de la Compilación, única parte de ella que seguía en vigor. La trascendencia de la reforma se comprende mejor con unos apuntes sobre la evolución histórica de los Derechos de bienes y de obligaciones en Aragón. Además el trabajo da cuenta pormenorizada de la preparación, en fase técnica, por la
Comisión Aragonesa de Derecho Civil, de la tramitación parlamentaria y del contenido y sistemática de la nueva regulación, para terminar resaltando en los apartados finales las principales novedades introducidas en cada uno de sus cuatro Títulos: relaciones de vecindad, servidumbres, derecho de abolorio o de la saca y contratos sobre ganadería.

Detalles del artículo

Palabras clave:
Derecho civil aragonés, relaciones de vecindad, servidumbres, derecho de abolorio