La protección patrimonial de la persona mayor

María de los Reyes Corripio Gil-Delgado

Contenido principal del artículo

Publicado: Mar 23, 2020
Páginas: 101-141
Número: Núm. 1 (2020)
Tomo LXXIII, Estudios monográficos, ##plugins.themes.xejournal.article.pages## 101-141
Resumen
El trabajo propone tres clases de medidas para adaptar la legislación y la práctica civil españolas a las vulnerabilidades patrimoniales de la persona mayor: primero, que toda persona mayor a partir de cierta edad pueda acceder a sistemas de protección patrimonial similares a los establecido para las personas con discapacidad. Segundo, incrementar las salvaguardias legales y notariales en los actos relevantes que pueda realizar una persona mayor no incapacitada pero que acuse debilidad física o psíquica para que su consentimiento sea consciente y libre de presiones, y tercero, para la persona incapaz natural, se diseñe un sistema específico de protección acorde a la Convención Internacional de las Personas con Discapacidad, con instituciones ágiles y respetuosas con su voluntad, reformulando algunas instituciones existentes -si bien actualmente secundarias- como la guarda de hecho y la curatela.

Detalles del artículo

Palabras clave:
Derecho civil, anciano, discapacidad, patrimonio, actos jurídicos, guarda de hecho, curatela, asistente, Civil law, Ageing people, Disability, Estate, Legal acts, Facto guardian