La (quasi) transmutación socio-jurídica de la hipoteca sobre vivienda habitual

Víctor Bastante Granell

Contenido principal del artículo

Publicado: Mar 23, 2020
Páginas: 143-239
Número: Núm. 1 (2020)
Tomo LXXIII, Estudios monográficos, ##plugins.themes.xejournal.article.pages## 143-239
Resumen
Ha transcurrido más de una década desde el inicio de la crisis y del drama social que envolvió al ámbito hipotecario. Durante dicho periodo de tiempo, nuestro sistema jurídico ?falto de empatía y justicia? ha sufrido diversas reformas ?en el ámbito del Derecho civil, Procesal y Concursal? que han afectado al Derecho de garantías, en particular a la hipoteca cuyo objeto tiene la condición de vivienda habitual. La intención ha sido salvaguardar ?con la menor o mayor eficacia posible? al deudor hipotecario. En otras palabras, la finalidad de la actividad legislativa se ha centrado en dotar al sistema de una mayor moralidad. Llegados a este punto, he considerado oportuno realizar el presente trabajo, que no busca ofrecer un estudio aislado o fragmentado de medidas o beneficios legales a favor del deudor hipotecario, sino más bien mostrar una visión genérica del Derecho post-crisis y su repercusión jurídica. En concreto, dicha tarea persigue varios propósitos. Primero, realizar una exposición de las medidas aprobadas en diferentes ámbitos del Derecho a favor del deudor hipotecario, su contenido y resultados alcanzados. Tal labor permitirá desarrollar el segundo objetivo, consistente en explicar cómo las reformas legales han provocado la quiebra del Derecho de garantías, la transmutación socio-jurídica de la hipoteca, atemperando su efectividad o diluyendo su contenido. Ello desde la «desactivación» o «deceleración» del ius distrahendi hasta el génesis de una hypotheca specialis. Tras ello, aparece el tercer propósito, centrado en sustraer los nuevos principios, pensamientos y teorías que están provocando ?de forma progresiva? la «humanización» del Derecho de contratos y garantías ?en el marco de los préstamos hipotecarios? (la exaltación de los derechos sociales del hombre, el solidarisme y perennidad contractual, la mitigación del principio de responsabilidad patrimonial universal, etc.). Si bien, el cambio del orden jurídico acaba de comenzar, pues observando el sistema francés, se comprobará como nuestro Derecho se encuentra en una fase intermedia, siendo posible alcanzar un Derecho más social y flexible, en protección del deudor hipotecario y en aras a la conservación de la vivienda habitual.

Detalles del artículo

Palabras clave:
Hipoteca, Deudor hipotecario, Vivienda habitual, Ius distrahendi, Préstamo hipotecario, Ejecución hipotecaria, Crédito inmobiliario, Revisión de los contratos, Solidarisme contractuel, Perennidad contractual, Consumidor, Mortgage, Mortgagor, Habitual residence, Ius distrahendi, Mortgage loan, Foreclosure, Real estate credit, Review of contracts, Solidarisme contractuel, Contractual perennity, Consumer