Aportación de bien privativo a la sociedad de gananciales

Clara Simarro Gago
Camino Sanciñena Asurmendi

Contenido principal del artículo

Publicado: Mar 2, 2023
Número: Núm. 4 (2022)
Tomo LXXV, Estudios monográficos
Resumen

El negocio de aportación y comunicación de un bien privativo a la sociedad de gananciales carece de regulación en el derecho civil común, por lo que se ampara en el principio de libre contratación entre cónyuges que permite cualesquiera desplazamientos patrimoniales entre los patrimonios privativos y la masa ganancial, sobre todo, de la vivienda familiar. Este negocio está generando nuevas problemáticas derivadas de la propia naturaleza de la sociedad de gananciales y de las relaciones patrimoniales entre los cónyuges. Con un análisis crítico de la jurisprudencia y de la doctrina de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, el trabajo aborda el régimen jurídico del negocio de aportación, centrándose en la causa familiar de dicho negocio, la transcendencia jurídico-real y sus efectos en el plano familiar, el cauce adecuado para la inscripción y para la inmatriculación del título de aportación en el Registro de la Propiedad, así como el posible reconocimiento de un derecho de reembolso a favor del cónyuge aportante al tiempo de la liquidación de la sociedad de gananciales.

Detalles del artículo

Palabras clave:
aportación de bien privativo, sociedad de gananciales, causa familiar implícita, inmatriculación, reembolso