La indemnización cuando el arrendatario restituye anticipadamente el inmueble arrendado

Lis Paula San Miguel Pradera

Contenido principal del artículo

Publicado: Mar 2, 2023
Número: Núm. 4 (2022)
Tomo LXXV, Estudios monográficos
Resumen

En un contrato de arrendamiento de inmueble pactado con una duración determinada, es posible que el arrendatario pretenda devolver el bien arrendado y poner fin al contrato de forma anticipada. En ocasiones concretas, la ley reconoce al arrendatario un derecho de desistimiento con determinadas
consecuencias. Cuando el arrendatario no dispone de dicho derecho, la restitución anticipada del inmueble constituye un incumplimiento contractual que habilita al arrendador para declarar la resolución del contrato por incumplimiento y reclamar una indemnización de daños y perjuicios. En este caso, interesa determinar qué puede reclamar el arrendador en concepto de lucro cesante por las rentas dejadas de percibir. La indemnización debe reparar el daño que el incumplimiento provoca, pero teniendo en cuenta que, con la resolución, el arrendador recupera la disponibilidad del inmueble.

Detalles del artículo

Palabras clave:
arrendamiento, desistimiento del arrendatario, resolución del contrato por incumplimiento, indemnización de daños, lucro cesante, negocio de reemplazo, deber de mitigar el daño, límite al derecho a exigir el cumplimiento