Los Derechos civiles territoriales ante la Ley 8/2021 de reforma de la discapacidad

Aurora López Azcona

Contenido principal del artículo

Publicado: Mar 2, 2023
Número: Núm. 4 (2022)
Tomo LXXV, Estudios monográficos
Resumen

El presente trabajo pretende poner de manifiesto el complejo panorama generado en las Comunidades Autónomas con Derecho civil propio en materia de discapacidad por la aprobación de la Ley estatal 8/2021. El problema se plantea fundamentalmente en Aragón y Cataluña, por cuanto disponen en sus respectivos Códigos (Código de Derecho Foral de Aragón y Código civil de Cataluña) de un régimen completo sobre medidas de apoyo a las personas
con discapacidad, cumplimentado por un régimen específico sobre capacidad por razón de discapacidad. Pero también en Navarra, desde el momento
en que en 2019 su legislador dio entrada en su Fuero Nuevo a ciertas previsiones en materia de discapacidad, a la par que manifestó su voluntad de abordar ad futurum un tratamiento integral de la materia. En particular, dos son los interrogantes planteados: primero, qué Derecho civil y procesal civil es aplicable a estas Comunidades en el momento presente; y segundo, si sus Derechos son acordes a la Convención NU 2006 o, por el contrario, se impone su revisión. A dar respuesta a los mismos se dedican las siguientes líneas, centrando especialmente nuestra atención en el Derecho civil aragonés.

Detalles del artículo

Palabras clave:
discapacidad, capacidad jurídica, ejercicio de la capacidad jurídica, apoyos, convención NU 2006, derechos civiles territoriales, derecho civil aragonés