La firma electrónica de la persona jurídica : una alteración del sistema clásico de representación
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Publicado: Dec 21, 2005
Páginas: 3887-3907
Número: Núm. 1999 (2005)
Tomo LIX, Estudios doctrinales, ##plugins.themes.xejournal.article.pages## 3887-3907
Cómo citar
López-Galiacho Perona, . J. (2005). La firma electrónica de la persona jurídica: : una alteración del sistema clásico de representación. Boletín Del Ministerio De La Presidencia, Justicia Y Relaciones Con Las Cortes, 59(1999), 3887–3907. Recuperado a partir de https://revistas.mjusticia.gob.es/index.php/BMJ/article/view/2590
Resumen
Esta aportación doctrinal estudia la Ley 59/2003, de firma electrónica, que ha reconocido en nuestro Ordenamiento jurídico la firma electrónica de la persona jurídica. Dicha previsión se desconoce en los países de nuestro entorno que han regulado la prestación del consentimiento por medios telemáticos o electrónicos. El legislador español ha terminado creando una modalidad de manifestación del consentimiento desconocida en nuestro Derecho y que altera el sistema clásico de representación, pues la persona jurídica nunca ha tenido firma, y sí, en cambio, la persona física que la representa o apodera.