Información para autores/as

¿Está interesado en publicar en la revista? Se recomienda revisar la página Acerca de la revista para consultar las políticas de sección de la revista, así como las Directrices para los autores/as. Los autores/as deben registrarse en la revista antes de publicar o, si ya están registrados, pueden simplemente iniciar sesión y comenzar el proceso para enviar elementos en línea o comprobar el estado de los envíos recientes.

Lista de comprobación para la preparación de envíos

Como parte del proceso de envío, los autores/as están obligados a comprobar que su envío cumpla todos los elementos que se muestran a continuación. Se devolverán a los autores/as aquellos envíos que no cumplan estas directrices.

  •  El trabajo no ha sido publicado previamente ni está pendiente de publicación en otra revista o libro colectivo).
  • Mientras el proceso de evaluación no haya finalizado, el autor no puede enviar este trabajo a otra revista. Si así lo hace, pierde el derecho a publicar en el Boletín el artículo postulado.
  • El texto se adhiere a los requisitos estilísticos y bibliográficos resumidos en las Directrices para autores/as, que aparecen a continuación.
  • Todos los trabajos que se remitan al Boletín del Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes serán evaluados, de forma anónima, por expertos independientes y externos al Consejo de Redacción. El informe de los evaluadores será motivado y recomendará la aceptación, la revisión o el rechazo del trabajo. La decisión final sobre la publicación de los trabajos corresponde al Consejo de Redacción del Boletín, una vez vistos los informes de los evaluadores. Por ello, el autor/a debe suprimir cualquier referencia que pueda facilitar la identificación de su autor.
  • Si un artículo incluye material que requiera permiso para su reproducción debe hacerlo constar y proporcionar al editor los correspondientes permisos. Su falta acarreará la supresión del artículo, aunque ya ha sido validado positivamente.
  • Si se detecta plagio en el artículo publicado, se tomarán todas las medidas legales pertinentes contra el autor/a de dicho trabajo.

Directrices para autores/as

 Estructura

  • Los trabajos tendrán una extensión mínima de veinte páginas y máxima de sesenta páginas.
  • El trabajo irá encabezado por su título (en español e inglés), el nombre del autor o autores del trabajo. Los datos imprescindibles del autor/a son: nombre completo, institución a la que está adscrito/a y posición, dirección electrónica de contacto y ORCID (si se dispone de él). Precederá al texto principal un breve resumen en español e inglés con una extensión máxima de seis líneas (deben evitarse palabras o expresiones poco significativas, paráfrasis y frases excesivamente largas) y unas palabras claves significativas del contenido del artículo, tanto en español como en inglés (un máximo cinco en cada idioma).
  • Para los títulos de capítulos, epígrafes y apartados, se aceptará un número máximo de cinco niveles. Se recomienda utilizar el sistema de numeración decimal para establecer la jerarquía de títulos. Así, las partes o secciones se numerarán mediante números romanos, los capítulos en arábigos y las sucesivas subdivisiones del uno en adelante. Ejemplo: Parte I, Capítulo 1, Epígrafe 1.1, Apartado 1.1.1.
  • Las notas se situarán a pie de página, numeradas mediante caracteres arábigos y en formato superíndice. Las llamadas de las notas en el texto principal deben numerarse automáticamente, antes de los signos de puntuación. No deben ser muy extensas, y únicamente contendrán fuentes documentales y breves aclaraciones que no sean de suficiente importancia para situarlas en el cuerpo principal del texto. También incluirán las citas bibliográficas, que en ningún caso serán las referencias bibliográficas completas, que figurarán en la bibliografía final del artículo.
  • La bibliografía irá al final del texto y en ella se incluirán exclusivamente las obras citadas en el texto o en las notas. Se ordenará alfabéticamente por el primer apellido del autor y, como norma general, se seguirá el estilo APA (American Psychological Association). Para más información véase:

                              https://normas-apa.org/

                              https://normas-apa.org/referencias/

 Siempre que sea posible, se proporcionan direcciones URL para las referencias. Cuando la referencia del artículo disponga de DOI (Digital Object Identifier) deberá indicarse. Para consultar si una referencia bibliográfica tiene DOI o no, véase: http://www.crossref.org/SimpleTextQuery.

  • En las sentencias citadas en los trabajos deberán indicarse la referencia de localización y el ponente de la sentencia. Para otros tipos de resoluciones jurídicas también deberá hacerse referencia a la localización.

Formato

  • Los trabajos deberán remitirse en formato OpenOffice, Microsoft Word o RTF. El tipo de letra es Times New Roman, tamaño 12, párrafo con interlineado sencillo y texto justificado. Las notas a pie de página y el sumario deben hacerse en letra Times New Roman, tamaño 10, párrafo con interlineado sencillo.
  • Todas las ilustraciones, figuras y tablas se encuentran colocadas en los lugares del texto apropiados, en vez de al final. Se proporcionarán los archivos de las imágenes en fichero aparte y con la calidad necesaria de reproducción y se presentarán en soporte informático con resolución de 300 ppp. Cada archivo estará claramente identificado (p. ej.: Fig. 1). Todas las figuras irán numeradas y convenientemente rotuladas con su correspondiente pie descriptivo, en la hoja donde aparece la ilustración. Los autores son los responsables de la gestión de los derechos de reproducción que puedan pesar sobre las ilustraciones.
  • En el caso de las citas textuales que superen las tres líneas de texto, se recomienda colocarlas en párrafo aparte, sin comillas, sangradas por la izquierda y con una línea blanca antes y después. En el caso de que no superen las tres líneas, las citas se integrarán en el cuerpo del texto, en letra redonda y entre comillas latinas (<< >>). Cuando una cita contenga otra cita en su interior, esta cita integrada se marcará con comillas inglesas (““). La supresión de partes del texto citado se indicará con puntos entre corchetes: […].
  • Para el uso de guiones parentéticos, se emplearán guiones altos de tamaño mediano, irán pegados, sin espacio intermedio, el primero a la palabra que le sigue, y el segundo a la palabra que le antecede. Ejemplo: —como ya hemos visto—
  • El uso de las cursivas es restrictivo. Se utilizarán cursivas para palabras latinas o expresiones en otras lenguas distintas a las de la obra y en caso de querer remarcar algún término. Asimismo, los títulos de libros irán en cursiva. La negrita solo se empleará en los títulos o secciones, pero no formará parte del texto principal. Del mismo modo, no se acepta el uso del subrayado en todo el texto (excepto en las direcciones URL).
  • En cuanto a las abreviaturas:
    • Se escribirá el término completo y la abreviatura entre paréntesis la primera vez que aparezcan en el texto.
    • Algunas de las abreviaturas más habituales han de citarse de la siguiente manera:
      • Boletín Oficial del Estado: BOE
      • Código Civil: CC
      • Comunidades autónomas: CC. AA.
      • Constitución española: CE
      • Consejo General del Poder Judicial: CGPJ
      • Código Penal: CP
      • Fiscalía General del Estado: FGE
      • Ley de Enjuiciamiento Civil: LEC
      • Ley de Enjuiciamiento Judicial: LECRIM
      • Ley orgánica: LO
      • Tribunal Constitucional: TC
      • Tribunal Supremo: TS

Recomendaciones

  • Los cargos de cualquier rango se escriben con minúscula inicial, excepto en inglés, que se escriben con mayúscula.
  • Las disciplinas científicas se escriben en minúscula cuando se trata de áreas del conocimiento y en mayúscula cuando aparecen en contextos académicos y curriculares designando estudios y materias regladas. Esto se aplica también al derecho.

            P. ej.

            El derecho español, frente al ordenamiento jurídico italiano…

            Es profesor de Derecho Internacional en la universidad.

            Declaración Universal de Derechos Humanos.

  • Se escriben en mayúscula todas las palabras significativas de las leyes y otras normas jurídicas, salvo si el nombre de la disposición excede de diez palabras. En ese caso solo lo llevara la primera.
  • Las partes constituyentes de las normas jurídicas se escriben con minúscula (p. ej. exposición de motivos, considerandos, disposiciones, capítulos, etc.).
  • Las voces de ley, decreto ley, real decreto, resolución, auto, etc., son nombres comunes, por lo que han de escribirse con minúsculas. Solo cuando va precedido del artículo determinado, puede escribirse con mayúscula.
  • Sustantivos como tribunal, juzgado, audiencia...se escriben con mayúscula únicamente cuando forman parte del nombre de un organismo concreto o de su sede.

Recursos adicionales

  • Diccionario panhispánico de dudas

           http://www.rae.es/diccionario-panhispanico-de-dudas/apendices/abreviaturas

  • Ortografía de la lengua española

            http://aplica.rae.es/orweb/cgi-bin/buscar.cgi

  • Diccionario panhispánico del español jurídico

            https://dej.rae.es/#/entry-id/E152500

  • Libro de estilo de la lengua española

            https://www.rae.es/obras-academicas/obras-linguisticas/libro-de-estilo-de-la-lengua-espanola

  • Libro de estilo de la justicia

           https://www.rae.es/obras-academicas/obras-linguisticas/libro-de-estilo-de-la-justicia

Consideraciones generales

  • Los autores pueden disponer de la prueba de imprenta en formato PDF, que consistirá exclusivamente en subsanar errores gramaticales o tipográficos que se ajusten con las normas de edición. No se admitirán modificaciones del texto original. Deberán ser revisadas en un plazo máximo de tres días.
  • A los autores cuyos trabajos hayan sido aceptados se les facilitará por correo electrónico el contrato de cesión de derechos de explotación del Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes. Una vez cumplimentado y firmado debidamente deberá ser remitido a la Secretaría del Boletín. Este trámite será condición imprescindible para la publicación del trabajo.
  • El autor cede los derechos de distribución, comunicación pública y reproducción de su trabajo para su publicación en el Boletín del Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes y para su inclusión en las bases de datos en las que la revista está indizada, así como para su reutilización, salvo indicación expresa en contra.