La insoportable -para algunos- levedad del artículo 365, párrafo segundo, de la Ley de enjuiciamiento criminal, introducido por la disposición final primera e) de la Ley Orgánica 15/2003, de 15 de diciembre
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SUMARIO: I. Introducción.– II. Objeciones de orden penal, procesal y constitucional. 1. Entendido en sentido literal, el precepto dejaría impunes determinadas sustracciones. 2. Reforma del Código Penal operada por ley ordinaria. 3. Es inconstitucional porque consagra una prueba tasada. 4. La pericial es imprescindible en cualquier caso. 5. El tribunal indica al perito cómo debe valorar las mercaderías. 6. Vulnera los principios de interdicción de la arbitrariedad de los poderes públicos y de seguridad jurídica.– III. Objeciones de orden tributario. 1. Planteamiento. 2. El IVA como impuesto indirecto sobre el consumo. 3. El IVA es un coste más de la producción del producto e inseparable de su valor.