La adopción consular tras la reforma por Ley 26/2015, de 28 de julio
Barra lateral del artículo
Estadísticas.
Descargas: 8 Visualizaciones: 1
Mónica Guzmán Zapater
Spain
Contenido principal del artículo
Publicado: Apr 30, 2021
Número: Núm. 2239 (2021)
Tomo LXXV, Estudios doctrinales
Cómo citar
Resumen
La adopción constituida ante autoridad consular española en el extranjero experimenta una drástica reducción del supuesto y una limitación de las atribuciones consulares tras la reforma operada por Ley 26/2015. La constitución queda sujeta a ley española. Excepcionalmente, cuando el adoptando posea una nacionalidad extranjera, la capacidad quedará sujeta a una ley extranjera. La adopción consular ofrece ventajas para los españoles residentes en el exterior pero también un cierto riesgo de fraude. La prevención exige cautela por parte del funcionario consular.
Detalles del artículo
Palabras clave:
Estudio