CLÁUSULAS ABUSIVAS EN LOS CONTRATOS DE CRÉDITO AL CONSUMO
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El contrato de crédito al consumo es, generalmente, un contrato con cláusulas no negociadas individualmente al que será de aplicación, además de la Ley Contratos de Crédito al Consumo, las disposiciones relativas a cláusulas abusivas previstas en el RD Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre. Se plantea este estudio un análisis de las cláusulas que, insertas en estos contratos, pueden ser declaradas nulas por abusivas, por tener cabida en los supuestos previstos en los arts. 85 a 90 TRLGDCU o causar, en perjuicio del consumidor, un desequilibrio importante de los derechos y obligaciones de las partes. Por último, a la luz de la reciente STJUE de 14 de junio de 2012 nos planteamos la subsistencia del contrato sin la cláusula abusiva y la cuestionada integración del contrato parcialmente nulo.