LAS DISPOSICIONES GENERALES DE LA LEY 16/2011, DE 24 DE JUNIO, DE CONTRATOS DE CRÉDITO AL CONSUMO

Elena F. Pérez Carrillo

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Publicado: Feb 28, 2013
Tomo LXVII, Estudios doctrinales
Cómo citar
Pérez Carrillo, E. F. (2013). LAS DISPOSICIONES GENERALES DE LA LEY 16/2011, DE 24 DE JUNIO, DE CONTRATOS DE CRÉDITO AL CONSUMO. Boletín Del Ministerio De La Presidencia, Justicia Y Relaciones Con Las Cortes, 67(2151). Recuperado a partir de https://revistas.mjusticia.gob.es/index.php/BMJ/article/view/6362
Resumen

La Ley sobre Contratos de Crédito al consumo (LCCC) es una norma de trasposición de la Directiva 2008/48/CE, dictada para eliminar barreras en el mercado del crédito en Europa. La Directiva incorporada al ordenamiento español es una norma de armonización máxima, cuyo ámbito afecta únicamente a “determinados aspectos de los contratos de crédito al consumo” y no ofrece un régimen regulatorio completo de los contratos de crédito. En este trabajo se repasan las disposiciones generales de la LCCC, a través de las cuales es posible concluir que esta Ley deja sin resolver la configuración de un régimen completo para proteger a los consumidores de crédito; asentar una definición de consumidor coherente con la adoptada con carácter general en nuestro ordenamiento; y de unificar las diversas operaciones crediticias contratadas sobre la base de contratos de adhesión como créditos hipotecarios, garantías, compraventa a plazos y arrendamientos financieros.

Detalles del artículo

Palabras clave:
Crédito al consumo, ley 16/2011, protección del consumidor, prestamistas profesionales e intermediarios, entidades financieras, crédito responsable, exclusiones, aplicación parcial, necesidades de lege ferenda en materia de crédito al consumo