La actuación del Médico Forense en virtud del artículo 778.6 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal: «Si ves algo raro, me llamas»

José Domingo Sánchez Pérez
Yolanda Palomo Herrero

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Publicado: Nov 30, 2010
Tomo LXIV, Estudios doctrinales
Resumen

Se analiza la intervención del Médico Forense conforme al artículo 778.6 LECrim, mediante el estudio de los casos de muerte en los que aquél actúa, del propio artículo 778.6 LECrim y, de forma pormenorizada, de los problemas planteados por este  recepto. Tras comparar la labor del Médico Forense con la figura del coroner inglés, se proponen reformas legislativas para solucionar los problemas descritos.

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Palabras clave:
Forense, Enjuiciamiento criminal