La actuación del Médico Forense en virtud del artículo 778.6 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal: «Si ves algo raro, me llamas»
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Publicado: Nov 30, 2010
Número: Núm. 2120 (2010)
Tomo LXIV, Estudios doctrinales
Resumen
Se analiza la intervención del Médico Forense conforme al artículo 778.6 LECrim, mediante el estudio de los casos de muerte en los que aquél actúa, del propio artículo 778.6 LECrim y, de forma pormenorizada, de los problemas planteados por este recepto. Tras comparar la labor del Médico Forense con la figura del coroner inglés, se proponen reformas legislativas para solucionar los problemas descritos.
Detalles del artículo
Palabras clave:
Forense, Enjuiciamiento criminal