CONSIDERACIONES SOBRE LAS MODIFICACIONES DE LOS ARTÍCULOS 172 C.C. Y 178 L.E.C. OPERADAS POR LA LEY 54/2.007, DE 28 DE DICIEMBRE, DE ADOPCIÓN INTERNACIONAL

Lydia Noriega Rodríguez

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Publicado: Aug 11, 2022
Tomo LXV, Estudios doctrinales
Cómo citar
Noriega Rodríguez, L. (2022). CONSIDERACIONES SOBRE LAS MODIFICACIONES DE LOS ARTÍCULOS 172 C.C. Y 178 L.E.C. OPERADAS POR LA LEY 54/2.007, DE 28 DE DICIEMBRE, DE ADOPCIÓN INTERNACIONAL. Boletín Del Ministerio De La Presidencia, Justicia Y Relaciones Con Las Cortes, 65(2133). Recuperado a partir de https://revistas.mjusticia.gob.es/index.php/BMJ/article/view/9122
Resumen

La Ley 54/2.007, de 28 de diciembre, de Adopción internacional, a través de sus D.F.1ª y 2ª, ha introducido importantes modificaciones en materia de protección al menor, al estipular los plazos en los que las decisiones adoptadas por la Administración pueden ser impugnadas. Con anterioridad a la publicación de la citada normativa, la ausencia de aquéllos dificultaba de forma manifiesta la correcta aplicación de la legislación vigente debido a que cabía la oposición a las resoluciones adoptadas por la entidad pública sin límite temporal lo que impedía, en numerosas ocasiones, la integración definitiva del menor en un entorno familiar.

Detalles del artículo

Palabras clave:
Desamparo, acogimiento familiar, acogimiento residencial, impugnación recurso