Sobre la punibilidad de los engaños en los delitos sexuales

Elisa Hoven
Thomas Weigend

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Publicado: ene. 31, 2024
Tomo 76 Tomo LXXVI, Sección Doctrinal
Resumen

En virtud de la reforma de la ley de delitos sexuales de 2016 (2), la protección de
la autodeterminación sexual se amplió considerablemente. Sin embargo, el legislador
no incluyó en la regulación aquellos casos en que se induce a una persona a consentir
actos sexuales mediante engaño –como ocultar enfermedades contagiosas o fingir
tener determinadas características personales–. El § 177 StGB (Código Penal alemán,
en adelante StGB) no contempla actualmente este tipo de constelaciones.De legeferenda, los autores proponen una ampliación cautelosa del § 177 inc. 2 StGB de modo que incluya los casos en que el autor engaña sobre la naturaleza sexual de un acto o sobre su identidad.

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Palabras clave:
delitos sexuales, autodeterminación sexual, consentimiento sexual, engaño