Los reos refugiados a sagrado : segunda parte: su aplicación a los remitidos a los presidios africanos

Pedro-Alejo Llorente De Pedro

Contenido principal del artículo

Publicado: Dec 17, 2011
Páginas: 293-321
Número: Núm. 1 (2011)
Tomo LXIV, Sección Doctrinal, ##plugins.themes.xejournal.article.pages## 293-321
Resumen

El presente trabajo es continuación del publicado en este Anuario de Derecho Penal y Ciencias Penales, año 2009, tomo LXII, artículo en el que expuse los aspectos históricos y jurídicos del Derecho de Asilo. Se pretende ahora analizar los lugares de aplicación, razonando por qué fueron muchos los reos trasladados a los presidios
norteafricanos y el régimen presidial que allí llevaron, incidiendo en dos grupos, como los principales agentes afectados por esta normativa: los gitanos y los desertores de los ejércitos. Respecto a los gitanos he profundizado en las variables históricas de su secular persecución como grupo étnico. Respecto de los «desertores con iglesia » me he detenido en observar el tratamiento específico llevado por las distintas
regulaciones jurídicas, especialmente las del siglo XVIII. La indeterminación de aquellas condenas a cumplir en aquellos enclaves y sus consecuencias de toda índole son otros de los principales elementos objeto de estudio.

Detalles del artículo

Palabras clave:
Jurisdicción Eclesiástica, Jurisdicción Ordinaria, Sentencia, Sentenciados sin tiempo condenatorio, Cláusula de Retención, Derecho de asilo, Inmunidad eclesiástica, Bulas y Breves Pontificios, Presidios, Presidios norteafricanos, Trabajos forzados, Presidiarios, Desterrados, Tiempo condenatorio, Consejo de Castilla, Ceuta, Orán, Reos, Reos refugiados a Sagrado, Condenados, Confinados, Fugas, Evasiones, Gitanos, Desertores del Ejército, Conde de Aranda