La trata de personas
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Los delitos contra la trata de personas aparecen en nuestro código y en el derecho comparado con una redacción muy similar por la marcada influencia de las normas internacionales y, muy especialmente, del protocolo de Palermo. Desde una perspectiva política criminal merece ser criticado que los legisladores no hayan hecho ningún esfuerzo de concreción y diferenciación y abarquen un conjunto de conductas que merecen valoraciones jurídicas penales distintas por su distinta gravedad. Como consecuencia de ello las penas aplicables resultan frecuentemente desproporcionadas. La actual redacción fundamenta el injusto de estos delitos en un elemento objetivo, que consiste en la desubicación de la víctima gracias a lo cual queda en una situación de vulnerabilidad y dependencia y, de un elemento subjetivo, que exige que la transferencia se haga con fines de explotación. En el presente trabajo abordamos desde esta polaridad el estudio del tipo.