Nulla poena sine lege y retroactividad de cambios jurisprudenciales : modificaciones tras la STEDH as. Del Río Prada c. España (21/10/2013)

Daniel Rodríguez Horcajo

Contenido principal del artículo

Publicado: Dec 17, 2013
Páginas: 252-292
Número: Núm. 1 (2013)
Tomo LXVI, Sección Doctrinal, ##plugins.themes.xejournal.article.pages## 252-292
Resumen

Tras un repaso de los fallos nacionales en relación con la «doctrina Parot», el presente trabajo pretende analizar los cambios para el ordenamiento nacional y para la propia jurisprudencia del TEDH que se pueden derivar de la STEDH as. Del Río Prada c. España, de 21 de octubre de 2013. Estos son fundamentalmente dos. Uno con menos trascendencia de la que se le ha dado, en relación con la consideración como pena de una medida nacional, a efectos de vincularla o no a los requerimientos del artículo 7 CEDH. Otra, mucho más importante, en relación con la prohibición de retroactividad de los cambios jurisprudenciales.

Detalles del artículo

Palabras clave:
:«Doctrina Parot», intangibilidad de resoluciones judiciales firmes, principio de legalidad, ejecución de la pena, irretroactividad, cambios jurisprudenciales