La responsabilidad penal de las personas jurídicas durante la Revolución francesa
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Tradicionalmente se ha defendido que la responsabilidad penal de las personas jurídicas desapareció en Francia durante la Revolución, como consecuencia directa de la desaparición de las corporaciones y por lo tanto de cualquier cosa que de ellas pudiera predicarse. Esta desaparición sería, además, conforme con las ideas revolucionarias expresadas por algunos de los autores ilustrados más relevantes. En este artículo pretendemos demostrar que la realidad de los hechos fue muy diferente, ensayando la tesis justo contraria: que la responsabilidad penal de las personas jurídicas se mantuvo durante el periodo revolucionario y que de hecho no fue hasta 1883 cuando la Corte de Casación francesa se mostró tajante contra aquella. A tal efecto, presentamos un estudio detallado de la doctrina prerrevolucionaria, de la evolución de las normas y de cómo aquellas fueron interpretadas por la jurisprudencia, aportando datos que entendemos que avalan nuestro planteamiento.