La Ley de Vagos y Maleantes y sus propósitos de prevención y resocialización individual. Análisis de una experiencia fallida en el Madrid republicano
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Sobre el papel, la Ley de Vagos y Maleantes, aprobada durante la Segunda República, estaba llamada a definirse por una orientación positivista, por el objetivo de acabar con las arbitrariedades gubernativas visibles en los grandes núcleos urbanos desde comienzos de la Restauración y por una finalidad guiada por el espíritu de la resocialización individual. Bajo el sostén de los principios de la peligrosidad y la defensa social, España parecía sumarse a los caminos progresivamente recorridos por la legislación europea y latinoamericana desde principios del siglo xx. Combinaría, en consecuencia, el clásico proceso represivo con otro de naturaleza preventiva, dando pie a que trascendiera un concepto diferenciado del representado por las penas: el de las medidas de seguridad. El trabajo que aquí se proyecta interpreta y estudia el carácter fallido que las anteriores ofrecieron en términos de aplicación, partiendo de la consulta de diferentes fuentes documentales entre las que sobresalen los expedientes judiciales de peligrosidad custodiados por el Archivo General de la Administración. De manera concreta, se exploran las improvisadas actuaciones oficiales que se desarrollaron para responder a las metas rehabilitadoras de la mencionada Ley de Vagos y Maleantes y lo que esta deparó finalmente para sus encausados en las sentencias judiciales tramitadas en la capital española. En lo que concierne a este último punto, se indagará tanto en los problemas que existieron para lograr la adaptación o reinserción social de esas figuras, como en las reivindicaciones y resistencias que las anteriores mostraron con respecto a la normativa.