Sobre la personalidad jurídica del esclavo y la esclava en los procesos civiles (Lima, ss. XVIII-XIX)
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Los autos procesales contienen información de relevancia capital para el estudio de la esclavitud y de las personas sometidas a esta odiosa institución. En ellos podemos encontrar documentos y múltiples referencias sobre la condición jurídica de los sujetos
esclavizados en la relación que les unía a sus dueños y con la Administración de justicia. En este trabajo no vamos a estudiar a la persona esclavizada como objeto o propiedad discutida entre dos personas libres, sino que lo que nos interesa es indagar en sus
derechos procesales, como parte interesada y también como tercero. Partiendo de que la presencia del sujeto esclavizado a ambos lados del Atlántico era muy diferente, la legislación para Indias a todo este respecto era muy escasa y siempre casuística, por lo
que la remisión al derecho castellano es absoluta, fundamentalmente al código de Partidas. La consulta de los procesos judiciales nos acerca a la verdadera realidad jurídica vigente y, muy especialmente, a la aplicada; nos muestra el alcance de la ley y de su
interpretación, ante y por parte de los tribunales, en nuestro caso, en la justicia municipal y la Audiencia de Lima. La capacidad de ser sujeto de derecho procesal en los casos civiles legalmente previstos, sevicia y libertad, nos redirige al trato que estos sujetos merecieron por parte de la Administración de justicia real, así como a la relación que mantuvieron con los principales operadores jurídicos, fundamentalmente escribanos, procuradores y abogados.
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