Informaciones posesorias y ad perpetuam en Filipinas, en el establecimiento del Registro de la Propiedad (1880-1898)

Boliá Doubai Sánchez

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Publicado: mar. 2, 2026
Número: Núm. 95 (2025)
Tomo XCV, Estudios
Resumen

A partir de 1880 la Administración colonial española en Filipinas acometió la ardua tarea de establecer la propiedad individual rústica en unas islas donde la inmensa mayoría de las tierras estaban sin cultivar y se categorizaban, en consecuencia, como terrenos realengos o del Estado. A los primeros procedimientos de ventas y composiciones de realengos, de larga tradición en el Archipiélago, se sumó una Ley Hipotecaria promulgada para las Filipinas en 1889 que introdujo las informaciones posesorias como medio para inscribir la posesión de un terreno para los particulares que carecieran de título de dominio. En este ámbito, la Administración
atribuyó a esas informaciones posesorias una supuesta larga historia en las Indias que distaba mucho de lo que realmente eran. El presente artículo aborda los orígenes inmediatos de las informaciones posesorias en la legislación procesal civil del siglo xix y trata, particularmente, de indagar acerca del uso y la invención legitimadora de las Leyes de Indias en la gestación del sistema hipotecario en Filipinas a finales del siglo xix, así como de la utilización del derecho indiano por parte de la Corte Suprema de Filipinas sometida a la dominación colonial de Estados Unidos a partir de 1898.

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Palabras clave:
Administración colonial española, propiedad contemporánea, sistema hipotecario, informaciones posesorias, Leyes de Indias, Gobierno colonial estadounidense