El derecho penal español en el vacío entre dos códigos : (1822-1848)
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Publicado: Dec 9, 2013
Páginas: 105-138
Número: 2013
Tomo LXXXIII, Monográfico: Dos siglos de códigos (II), ##plugins.themes.xejournal.article.pages## 105-138
Cómo citar
Baró Pazos, . J. (2013). El derecho penal español en el vacío entre dos códigos: : (1822-1848). Anuario De Historia Del Derecho Español, (83), 105–138. Recuperado a partir de https://revistas.mjusticia.gob.es/index.php/AHDE/article/view/5308
Resumen
Sumario: 1. A modo de introducción. Una breve referencia al Código penal de 1822.–2. La vuelta al orden de prelación del Ordenamiento de Alcalá de 1348: la continuidad de la vigencia del derecho penal de origen bajomedieval.–3. L os intentos frustrados de codificar el derecho penal hasta la constitución de la Comisión General de Codificación (1843).–4. La labor doctrinal, ante el vacío codificador.–5. E l nuevo marco judicial: el nacimiento del Tribunal Supremo.–6. E l derecho penal a través de los documentos de aplicación del derecho.–
7. E l Código penal de 1848 pone fin a la incertidumbre: del arbitrio judicial al principio de legalidad en la legislación penal.