Los albores de la suprema jurisdicción castrense franquista

Miguel Pino Abad

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Publicado: Dec 9, 2014
Páginas: 365-387
Número: 2014
Tomo LXXXIV, Estudios, ##plugins.themes.xejournal.article.pages## 365-387
Resumen

La suprema jurisdicción militar en las zonas controladas por los sublevados tras el alzamiento del 18 de julio de 1936 fue ejercida por la Junta de Defensa Nacional, integrada exclusivamente por mandos militares, de conformidad a lo dispuesto en un decreto promulgado a las pocas semanas de su constitución. Con esta medida, la Junta pretendió desmarcarse de la composición mixta de la Sala de Justicia del Tribunal Supremo,
competente en las zonas controladas por la República. Pero el rápido aumento del protagonismo de Franco provocó que pronto entrase en declive la citada Junta, lo que se tradujo en un vacío en el ejercicio de la suprema jurisdicción militar. Situación de incertidumbre que perduró durante escasamente tres semanas, en la medida que Franco promulgó un decreto el 24 de octubre por el que se constituía el llamado Alto Tribunal
de Justicia Militar y que funcionó hasta su sustitución por el Consejo Supremo de Justicia Militar, meses después de finalizada la Guerra Civil.

Detalles del artículo

Palabras clave:
Jurisdicción Castrense, Guerra Civil, Estado franquista