Sandoval Parra, Victoria, El crimen de suicidio en la Edad Moderna. Tratamiento institucional en la literatura moral y jurídica europea, Editorial Dykinson, Madrid, 2017, 264 pp.

Pedro Gil Ortego

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Publicado: Dec 19, 2019
Número: 2019
Tomo LXXXVIII-LXXXIX, Bibliografía
Resumen

El discernimiento de lo bueno y lo malo vino marcado durante siglos por el Decálogo. Entre los mandamientos divinos figura, en quinto lugar, la prohibición genérica de matar, sin ningún tipo de distinción. A tal interdicción es preciso añadir las establecidas por los ordenamientos jurídicos terrenales que, con mayor o menor amplitud, en unas u otras circunstancias, reconducían su regulación al mismo objetivo, esto es, no atentar contra la vida. Salvo en etapas históricas muy concretas, dicha proscripción no alcanzó exclusivamente a las muertes cometidas contra terceros, sino también a las ejecutadas contra sí mismo. El matarse a sí mismo, el propricidio, el suicidio, fue condenado secularmente tanto desde el ámbito eclesiástico como desde el jurídico. No solo se castigó por la legislación, también fue rechazado por la sociedad. Pero quienes mayor atención prestaron a este hecho fueron teólogos y juristas, cuyo discurrir permitió aclarar los requisitos en su aplicación, la interpretación de los fundamentos de su castigo y el planteamiento de supuestos no previstos normativamente por la parca regulación canónica y real.

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