Notas sobre las «Cartas de derechos» en los reinos medievales hispanos

Juan Carlos Monterde García

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Publicado: Aug 17, 2022
Número: 2020
Tomo XC, Miscelánea
Resumen

El concepto de Derechos Humanos empezó a desarrollarse en el contexto europeo de crisis del Antiguo Régimen, en especial en la Francia revolucionaria de finales del siglo xviii. No obstante, un sector doctrinal ha indicado que los orígenes continentales de los Derechos Humanos (antiguas Cartas de Derechos)  podrían hallarse en los Reinos hispano-cristianos medievales (Altamira, Beneyto, Riaza, Von Keller, Wohlhaupter). Éste es el objetivo del presente artículo, en donde se emplea una metodología histórico-jurídica. Entre estos territorios merecen destacarse las Coronas de Castilla y Aragón, y el Reino de León, en donde se otorgaron ciertas prerrogativas y garantías de protección jurídica a los estamentos privilegiados (Nobleza, alto Clero), y luego a los ciudadanos en general. Tales franquicias se concedieron probablemente a causa de la política repobladora de Reyes y señores feudales en las zonas fronterizas con Al-Ándalus y su consiguiente defensa contra posibles invasiones musulmanas. También pudo influir la temprana aparición en Europa de las Cortes hispano-medievales. En este sentido, el Reino de León (heredero de la Monarquía visigoda) ocupa un lugar destacado. Sin restar mérito a la Curia regia de León de 1017-1020, la Asamblea de 1188 (Carta Magna leonesa) es uno de los testimonios más antiguos de participación ciudadana en las Juntas políticas y de reconocimiento general de derechos. Este documento precedió en algunos años a la Carta Magna de Juan Sin Tierra, o a la Bula de Oro de Andrés II de Hungría. Por esta
razón, en 2003 la UNESCO consideró a León la cuna del parlamentarismo europeo.

Detalles del artículo

Palabras clave:
Sistema medieval, Reinos hispanos, Feudalismo,, privilegios,, Derechos Humanos, Cartas de Derechos